Documento Interno
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TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICOINSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN |
Fecha de elaboración: 30-11-2024 |
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ProcedimientoActo de Recepción Profesional |
Código: PRO-8510-05 |
Revisión: 5 |
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1 Objetivo Aplicar las normas y lineamientos para la Sustentación del Acto de Recepción Profesional de los egresados de las Licenciaturas y/o posgrados que ofrece el Instituto Tecnológico de Nuevo León. 2 Alcance y Campo de Aplicación Este procedimiento aplica en todos los egresados del Instituto Tecnológico de Nuevo León. 3 Referencias 3.1 Apartado 8.5.1 del Sistema de Gestión de la Calidad SGC-4400-47 Rev. 1 3.2 Proceso Gestión de la Educación SGC_4400-74 Rev. 1 3.3 Manual de procedimientos para la obtención del título profesional de licenciatura, licenciatura-técnica y técnica superior, diploma de especialista y grados académicos de maestría y doctorado en el Sistema Nacional de los Institutos Tecnológicos.1997. 3.4 Circular CSE/004/05. 3.5 Manual Normativo Académico Administrativo 2007, Directriz para la titulación ITNL-AC-DN-13 (planes de estudio a partir del 2004). 3.6 Manual de Lineamientos Académico Administrativos del TECNM. 4 Desarrollo Etapa 1. Por la División de Estudios Profesionales 4.1 El egresado revisa en la página oficial el banner de titulación, en donde se le expone las opciones que tiene para titularse. Posteriormente elige la que considere y le aplique, envía la solicitud a la Coordinación de Titulación anexando el trabajo de titulación "según la opción", mismo que se enviará a la jefatura académica para su autorización y liberación. 4.2 Una vez liberada la opción por la Jefatura Académica, la Coordinación de Titulación envía correo electrónico al egresado (a) indicándole que su oficio de liberación de la opción para titulación se encuentra en su expediente de servicios escolares para que proceda iniciar el PASO II. Etapa 2. Por el Departamento de Servicios Escolares
Etapa 2. Por el Departamento de Servicios Escolares 4.3 En el banner de titulación aparece la etapa o paso 2 en donde interviene el departamento de servicios escolares, explicando los puntos que debe hacer el egresado (a) para continuar con su trámite de titulación. 4.4 El egresado acude al departamento de Servicios Escolares a solicitar el formato de solicitud del Acto de Recepción Profesional (REG-8510-11), formato que entregan de manera física o electrónica, según lo indique el departamento de Servicios Escolares y que integrara la papelería solicitada. 4.5 El departamento de Servicios Escolares revisa documentación del expediente para verificar el cumplimiento de requisitos para la celebración del Acto de Recepción Profesional. 4.5.1 Si en la verificación se detecta algún requisito no cumplido se avisa al aspirante el no cumplimiento. 4.5.2 Si en la verificación se encuentra que todos los requisitos se cumplen se elabora una constancia de no inconveniencia para Acto de Recepción Profesional (REG-8510-12) y entrega copia al aspirante y el original lo integra al expediente.
4.6 El departamento de Servicios Escolares envía copia a la División de Estudios de la constancia de no inconveniencia para Acto de Recepción Profesional (REG-8510-12).
4.7 El departamento de Servicios Escolares envía a la Coordinación de Titulación la información de los candidatos que cumplieron con los requisitos en la revisión de expediente. Esto con la finalidad de que la División de Estudios Profesionales pueda realizar la programación para el Acto Recepción Profesional solo de los candidatos que le haya enviado el departamento de Servicios Escolares Etapa 3. Por el departamento de Servicios Escolares, la División de Estudios Profesionales y Jefaturas Académicas. 4.8 La División de Estudios Profesionales define fecha, hora y lugar para la celebración del Acto de Recepción Profesional y solicita Jurado al área académica correspondiente.
4.8.1 El área académica realiza la asignación de docentes como jurado para el Acto de Recepción Profesional.
4.8.2 Notifica a los docentes de su designación como jurado, así como los datos del sustentante, fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo el Acto Recepción Profesional 4.8.3 La Jefatura de División de Estudios Profesionales recibe la lista de integrantes del jurado por parte de las áreas académicas. 4.9 La División de Estudios Profesionales emite aviso de realización del Acto de Recepción Profesional (REG-8510-13) al candidato indicándole quien será el jurado, fecha, hora y lugar para la sustentación de su Acto Recepción Profesional y entrega copia a Servicios Escolares para el expediente del candidato. 4.10 La Coordinación de Titulación envía a la Jefatura del departamento de Servicios Escolares la programación de exámenes profesionales, donde se menciona fecha, hora, lugar y jurado.
4.11 El secretario de cada examen acude al departamento de Servicios Escolares por el libro de actas de exámenes profesionales.
4.12 Para los casos mencionados en el punto anterior “punto 4.12” el presidente se encarga de presidir el desarrollo del acto recepción profesional.
4.13 El secretario es el encargado de llenar el libro para los casos mencionados en el punto 4.12.
4.14 El jurado avala con su firma en el libro de actas el Acto Recepción Profesional y entrega el libro al departamento de Servicios Escolares. 4.15 El departamento de Servicios Escolares, genera copia certificada del Acta del Examen Profesional y avisará al sustentante cuando pasa a recibir su acta de examen. 4.16 El departamento de Servicios Escolares tramita el titulo, Una vez autorizado el trámite por el TECNM y Dirección General de Profesiones, se le notificará al titulado signar electrónicamente con la e-firma en la página de profesiones. 4.17 Las situaciones no previstas serán analizadas por el Comité Académico del Instituto y presentadas como recomendaciones al Director para su dictamen. Acto de Recepción Profesional es el último requisito académico que debe cumplir el candidato ante un jurado para obtener su titulo profesional, diploma de especialidad o grado académico. Consiste en protocolo, y en algunas opciones examen profesional y/o presentación de un trabajo profesional o tesis. Examen Profesional es la presentación y réplica del trabajo profesional desarrollado por el egresado o la actividad de evaluación a la que se somete en algún área del conocimiento de su especialidad. Titulo Profesional es el documento legal expedido por instituciones del Estado, descentralizadas o particulares que tengan reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los requisitos académicos correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de conformidad con la Ley General de Profesiones y otras disposiciones aplicables. Constancia de Exención de Examen, es un documento legal expedido por el Instituto Tecnológico que acredita la titulación de un egresado por las opciones VIII y IX, que no requirieron de la sustentación de un examen profesional. Para sustentar el Acto de Recepción Profesional de Licenciatura es necesario que el candidato cumpla con los requisitos marcados en el Manual de Procedimientos para la Obtención del Título Profesional de Licenciatura, Licenciatura-técnica y Técnica Superior, Diploma de Especialista y grados académicos de Maestría y Doctorado en el Sistema Nacional de los Institutos Tecnológicos 1997, el Manual Normativo Académico Administrativo 2007, en la Directriz para la titulación ITNL- AC-DN-13 (planes de estudio a partir del 2004) y el Manual de Lineamientos Académicos Administrativos del Tecnológico Nacional de México. El departamento de Servicios Escolares es el responsable de elaborar el Código de Ética, protesta de ley y el Juramento Profesional. El departamento de Servicios Escolares proporciona la información estadística de egresados destacados al departamento de Comunicación y Difusión para que elaboren reconocimientos de mención honorífica. El departamento de Servicios Escolares es el responsable de tramitar el título profesional. El departamento de Servicios Escolares es el responsable de mantener la custodia de los libros de actas de exámenes profesionales.
Etapa 3. Por el Departamento de Servicios Escolares y la División de Estudios Profesionales y Jefaturas Académicas.
4.18 La División de Estudios Profesionales, define fecha, hora y lugar para la celebración del acto Recepción Profesional, y solicita jurado al área ecadémica correspondiente 4.18.1 El área académica realiza la asignación de docentes como jurado para el acto de Recepción Profesional.
4.18.2 Notifica a los docentes su asignación como jurado, así como los datos del sustentante, además de fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo el acto de Recepción Profesional.
4.19 La División de Estudios Profesionales envía oficio al departamento de Servicios Escolares solicitando el libro de actas de examenes profesionales, "solo para las opciones anteriores a Titulación Integral y los casos de Tesis, Tesina o proyecto de Investigación" para que sea utilizado por el jurado.
4.20 Para los casos mencionados en el punto anterior "punto 4.12" el presidente se encarga de presidir el desarrollo del acto de recepción profesional. 4.21 El jurado avala con su firma en el libro de actas el Acto Recepción Profesional, y entrega el libro a la División de Estudios Profesionales, quien a su vez realizará la entrega al departamento de Servicios escolares.
4.22 Para los exámenes protocolarios de Titulación Integral "masivos", la División de Estudios Profesionales, será el encargado de la planeación del protocolo para llevar a cabo los exámenes profesionales.
4.23 Para evitar errores en el llenado de fojas en el Acto Recepción Profesional de Titulación Integral "masivo", una vez terminada la ceremonia y revisado la asistencia del jurado y de los sustentantes se procederá al llenado del libro.
4.24 En el departamento de Servicios Escolares mantiene la custodia de los libros de actas de Titulación, y será el encargado de coordinar el llenado del libro avisando a cada área académica para que el secretario del Acto Recepción Profesional o a la persona que designe la jefatura académica correspondiente procedan al llenado de las fojas de su área y posteriormente sean firmadas por el jurado que participó en el Acto Protocolario de Titulación Integral “masivo”, teniendo como margen después de que terminen los exámenes un lapso de 25 días hábiles para que las fojas estén llenas y firmadas por el jurado.
4.25 El departamento de Servicios Escolares, genera copia certificada del acta del Examen Profesional y avisará al sustentante cuando pasa a recibir su acta de examen.
4.26 El Departamento de Servicios Escolares, tramita el título y una vez autorizado el trámite por el TECNM y Dirección General de Profesiones, se le notificará al titulado que realice de manera personal y con su e-firma (SAT) vigente, para signar electrónicamente en la página de profesiones, donde con su tarjeta de crédito y su e-firma efectúen el pago de derechos actualizados y en automático se genera su cédula profesional.
4.27 Las situaciones no previstas serán analizadas por el comité Académico del Instituto y presentadas como recomendaciones al Director para su dictamen.
Notas e información complementaria: Para llevar a cabo el procedimiento de titulación, estará sujeto a las notas informativas que realice el departamento de Servicios Escolares y la División de Estudios, para la entrega de documentación del procedimiento, la cual será válido presencial o en línea "segun se indique en la plática o presentación informativa de titulación".
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