TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

Sistema de Gestión de la Calidad

Documento Interno

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TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

Fecha de elaboración:

27-11-2021

Procedimiento

Residencias Profesionales

Código:

PRO-8510-04

Revisión:

2

1 Objetivo

Establecer las normas, mecanismos y actividades que serán aplicadas en la generación de proyectos, para la asignación y acreditación de las residencias profesionales.   


2 Alcance y Campo de Aplicación

Inicia desde la estimación de las personas candidatas a realizar residencias profesionales hasta la acreditación de las mismas.           


3 Referencias

3.1 Manual de Lineamientos Académicos Administrativos del TecNM.

3.2 Apartado 8.5.1 del Sistema de Gestión de la Calidad SGC-4400- 47 Rev. 1

3.3 Proceso Gestión de la Educación SGC-4400-74 Rev. 1             


4 Desarrollo

4.1 La División de Estudios Profesionales, los Departamentos Académicos en conjunto con Gestión Tecnológica y Vinculación difunden el lineamiento para la operación y acreditación de la residencia profesional, procedimientos e instrumentos a los que se sujeta a:

       Alumnado: División de Estudios Profesionales.

       Personal Docente: Jefatura del Departamento Académico.

     Empresas: Jefatura del Departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación.

4.1.1 La División de Estudios Profesionales solicita a los Departamentos académicos , emitan lista de proyectos internos y externos generados por la academia y entregan al Departamento de Gestión Tecnologica y Vinculación, con copia a la División de Estudios Profesionales. 

4.1.2 El  Departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación contribuye a la promoción de acuerdos, bases de concertación y la detección de oportunidades de vacantes para residentes en empresas, organismos o dependencias de los diferentes sectores e Integra banco de proyectos.

 

4.2 La División de Estudios Profesionales estima el número de residentes, con el apoyo del encargado del Sistema Escolar.

 

4.2.1 El valor curricular para la residencia profesional es de 10 créditos y su duración queda determinada por un periodo de cuatro meses como tiempo mínimo y seis meses como tiempo máximo, debiendo acumularse un mínimo de 500 horas.

 

4.3 La División de Estudios Profesionales realiza la plática o presentación de residencia profesional e informa sobre la lista de proyectos existentes dentro del banco de proyectos, así como el procedimiento a llevar para realizar la residencia profesional.

4.3.1 Brinda asesoría para elaborar el anteproyecto de Residencias Profesionales.

 

4.4 La División de Estudios Profesionales, solicitará al departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación elabore la carta de presentación para los candidatos a cursar Residencias profesionales. REG-8510-05.

 

4.5 El estudiantado solicita la participación en el proyecto de interés y elabora el Anteproyecto de Residencias Profesionales. REG-8510-03.

 

4.6 La División de Estudios Profesionales recibe los anteproyectos internos y externos de los estudiantes.

4.6.1 Envía los anteproyectos para su autorización a través del formato REG-8510-07, (parcialmente registrando: número de control y nombre del estudiante, anteproyecto, empresa, asesor (a) externo) a los Departamentos Académicos correspondientes quién deberá complementar la información de asesor interno y Dictamen.

 

4.7 El Departamentos Académico Autoriza el anteproyecto cuando reúne las características, se procede a terminar el llenado del  formato REG-8510-07 en lo que respecta al  asesor interno y dictamen

4.7.1 El departamento académico, asigna al asesor (a)  interno. REG-8510-04.

4.7.2  Si el anteproyecto no reúne las características, regresa para su corrección a la División de Estudios Profesionales y el coordinador avisa al estudiante.

4.7.3 La jefatura académica propone  mecanismo de control para dar seguimiento al proyecto de Residencia Profesional, con el propósito de asegurar el buen desempeño de las partes involucradas.

 

4.8 La División de Estudios Profesionales integra al expediente copia del anteproyecto autorizado y documenta el expediente con el oficio de asignación de asesor (a) interno.

4.8.1 Avisa a los residentes a través de correo electrónico quien será su asesor interno.

 

4.9 El estudiantado con apoyo de su asesor(a) interno desarrolla el reporte de Residencia Profesional, el cual entregará al final una vez evaluado a la coordinación de carrera.  

4.9.1 El / La estudiante residente presentará el formato de evaluación y seguimiento de residencia profesional a los asesores para su evaluación.

4.9.2  El / La estudiante residente, presenta el formato de Acta de Evaluación Final del Reporte de Residencia Profesional REG-8510-06 a el (los) asesor (es) para que le asienten la calificación.

4.9.3 El/la estudiante residente, al ser evaluado su reporte final , entrega su reporte de Residencia Profesional a la División de estudios Profesionales. 

4.9.4 En caso de cancelación del proyecto por  circunstancias especiales, no imputables a el/la estudiante, podrá solicitar la cancelación y asignación de otro proyecto REG-8510-09. El Asesor(a) interno y Asesor(a) Externo  asesora y da seguimiento al estudiantado durante su residencia, revisa el reporte de residencia profesional, realiza las correcciones pertinentes y emite el seguimiento y evaluación correspondiente.

 

4.10 El asesor(a) externo asentará la calificación en el formato de  Seguimiento de Residencia Profesional REG-8510-08 y en el formato de Acta de Evaluación Final del Reporte de Residencia Profesional REG-8510-06, en las fechas que le indique al residente para que sea evaluado por el asesor externo.

4.10.1 En caso de que el proyecto sea interno, no existirá la figura de asesor(a) externo y el asesor interno evaluará solo la columna correspondiente en las actas de seguimiento y acta final.

 

4.11 El asesor interno será el encargado de asentar la calificación  final en el sistema escolar, que le envió la jefatura académica y-o la coordinación de carrera.

 

4.12 Se considera concluido el Proyecto de Residencia, cuando se ha entregado a División de Estudios Profesionales la siguiente información:

  1. Formato de Seguimiento de Residencia Profesional REG-8510-08.
  2. Formato de Acta de Evaluación Final del Reporte de  Residencia Profesional REG-8510-06 firmado por el asesor (es).
  3. Copia digital de Reporte de Residencia Profesional.

 

4.13 El departamento de Servicios Escolares recibe acta de calificaciones a través del Sistema Escolar. 

4.13.1 Finalmente, el departameto de Servicios Escolares, valida calificaciones  en el kardex electrónico de cada alumno(a).

 

Notas e información complementaria de las residencias profesionales:

1.- Para poder ser ejecutados los proyectos de residencias profesionales se requerirá de la autorización de la Jefatura del Departamento Académico, quien asignará al asesor(a) interno.

2.- Las residencias profesionales se podrán acreditar mediante la realización de proyectos internos o externos con carácter local, regional, nacional o internacional, en cualquiera de los siguientes ámbitos:

      Sectores social y productivo de bienes y servicios;

      Innovación y desarrollo tecnológico;

      Investigación;

      Diseño y/o construcción de equipo;

      Evento Nacional de Innovación Tecnológica participantes en la etapa nacional.

      Veranos científicos o de investigación;

      Proyectos propuestos por la academia que cuenten con la autorización del         Departamento académico.Esta clasificación no es limitativa, y corresponde al Departamento Académico, así como a las academias, quienes autorizarón y dieron seguimento a los proyectos de residencia profesional.

3.- El número exacto de participantes requerido en cada proyecto, así como su perfil idóneo, lo determinará oficialmente la Jefatura de Departamento Académico.

4.- El valor curricular para la residencia profesional es 10 créditos y su duración queda determinada por un período de 4 meses como tiempo mínimo y 6 meses como tiempo máximo, debiendo acumularse un mínimo de 500 horas. Las horas pueden ser el acumulado de períodos discontinuos si el proyecto de residencia lo justifica y el Comité Académico lo autoriza.

5.- La residencia profesional se cursará por  única ocasión. En el caso de existir causas justificadas fuera del alcance del residente, será necesario proponer una segunda asignación del proyecto de residencia profesional, como se menciona.

6.- En el proyecto de residencia profesional debe ser autorizado por la jefatura del Departamento Académico. 

7.- La Dirección es la única facultada para firmar y autorizar, bases de concertación y/o acuerdos con las empresas, organismos o dependencias.

 

 De la Jefatura de Departamento Académico

1.- Es la responsable de emitir la lista de proyectos internos y externos generados por la Academia y entrega al Departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación.

2.- Asignará al asesor(a) interno para el seguimiento del proyecto y su evaluación.

3.- Determinará el número de personal docente asignados como asesores(as) internos en proyectos interdisciplinarios.

4.- Propone mecanismo de control para dar seguimiento al proyecto de residencia profesional, con el propósito de asegurar el buen desempeño de las partes involucradas.

5.- Nombrará nuevo asesor(a) del proyecto de residencia profesional, en caso de que el asesor(a) interno asignado no pueda concluir con las actividades de asesoría.

6.- Enviará  los nombres de los asesores(as) asignados a cada proyecto al coordinador de carrera.

 

De la Jefatura del Departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación.

1.- Debe contribuir a la promoción de acuerdos, bases de concertación y la detección de oportunidades de vacantes para residentes en empresas, organismos o dependencias de los diferentes sectores.

2.- Es la responsable de elaborar la base de concertación y/o acuerdos, donde se especificaran los términos legales (responsabilidades médicas y de accidentes laborales), para su autorización ante el Director(a) del plantel.

3.- Es la responsable del banco de proyectos para la residencia profesional

 

De la Jefatura de la División de Estudios Profesionales.

1.- A través de la coordinación de carrera, deben asesorar al estudiantado en la elección de su proyecto, para que este sea acorde con las competencias adquiridas y expectativas de desarrollo del estudiantado. 

2. Es responsable de elaborar el expediente por cada proyecto, resguardandolos y administrandolos

3.- Debe verificar que la persona candidata para realizar residencias profesionales cumpla con los siguientes requisitos:

      a) Tener acreditado el Servicio Social o en proceso de acreditar.

      b) Tener acreditado las actividades complementarias o en proceso de acreditar.

      c) Tener aprobado al menos 80% de créditos de su plan de estudios.

4.- Debe realizar la asignación de proyectos de residencia profesional a través de la coordinación de carrera, por cualquiera de los siguientes mecanismos:

      a) selección en un banco de proyectos de residencias relativos a su carrera o     . interdisciplinarios.

      b) Propuesta de un proyecto por parte de la o el estudiante a la coordinación de carrera para que sea avalalado por la academia y autorización del Departamento Académico.

      c) En caso de que el estudiantado sea trabajador de alguna empresa, organismo o dependencia podrá proponer su propio proyecto de residencia profesional a la División de Estudios profesionales para que sea autorizado por la jefatura del Departamento Académico.

 

5.- La asignación de proyectos de residencia profesional, se debe realizar en períodos previos a la elección de la carga académica de inicio al periodo escolar y solo podrá autorizarse en periodos intermedios si la empresa, organismo o dependencia demanda la participación de residentes, siempre y cuando se tenga el tiempo suficiente para no afectar su desempeño y se cuenta con asesor (a) interno disponible que tenga las competencias profesionales acorde al proyecto que se le asigne para atender la demanda.

 

 

 

Del asesor (a)

1.- El asesor(a)  interno debe tener las competencias profesionales acordes al proyecto que se le asigne.

2.- El asesor (a) interno evaluará el seguimiento de la residencia profesional.

3.- El asesor (a)  interno podrá realizar funciones de asesoría de la residencia profesional en otras áreas académicas.

4.- El asesor (a)  interno debe cumplir con las actividades establecidas para cada proyecto.

5.- El asesor(a) interno deberá informar y promover entre los residentes el registro de la propiedad intelectual de las obras, productos o procesos, resultado de las residencias profesionales.

6.- El asesor(a)  interno propone a la Jefatura del Departamento Académico, la presencia del contenido susceptible de registro de propiedad intelectual en el proyecto.

7.- El asesor(a)  interno comunicará al Departamento Académico la cancelación de la residencia profesional.

8.- El asesor (a)  interno evaluará la residencia profesional en el Sistema escolar.

 

Del asesor(a) externo


1.- La empresa, organismo o dependencia seleccionará a quien fungirá como asesor(a) externo y participará en la evaluación de la residencia profesional, asentando la calificación en el formato de Acta de Evaluación Final REG-8510-06.

 

Del estudiantado


1.- Es responsable de cumplir con un trabajo profesional basado en las competencias adquiridas.

2.- El horario diario de actividades del residente en el desarrollo de su proyecto lo establecerá la empresa, organismo o dependencia.

3.- Cuando el estudiantado realiza su residencia, debe reinscribirse al Instituto Tecnológico optando por lo siguiente:

4.- Exclusiva de la residencia profesional si se realiza a tiempo completo.

5.- Cuando determine la División de Estudios Profesionales en colaboración con el coordinador de carrera, tomando en cuenta el historial académico del estudiantado, que demuestre si puede atender adecuadamente sus actividades académicas sin descuidar su desempeño en la residencia profesional.

6.- Una vez asignado el proyecto de residencia profesional el estudiantado deberá sustentar la entrevista con su asesor(a) interno y externo, para determinar la metodología de trabajo acorde a las expectativas del proyecto.


7.- Por circunstancias especiales, no imputables al estudiantado, tales como: huelgas, quiebras, cierre de empresas, organismos o dependencia, cambio de políticas empresariales u otras que haya tenido, podrá solicitar la cancelación y asignación de otro proyecto, o cualquier otra causa plenamente justificada.

8.- El residente deberá entregar los formatos de seguimiento y evaluación final en las fechas que le indique la coordinación de carrera.

 

 

De la acreditación de la Residencia Profesional


1.- La residencia profesional se podrá acreditar mediante la realización de proyectos internos o externos con carácter local, regional, nacional o internacional, en cualquiera de los siguientes ámbitos:

a) Sectores social, productivo de bienes y servicios.

b) Innovación y Desarrollo Tecnológico.

c) Investigación.

d) Diseño y/o construcción de equipo.

e) Evento nacional de Innovación Tecnológica participantes en la etapa nacional.

f) Veranos científicos o de investigación.

g) Proyectos propuestos de la academia que cuente con la autorización del Departamento Académico.

h) Entre otros.

2.- Será requisito para la acreditación de la residencia profesional, la elaboración de un reporte de residencia profesional realizado en formato digital.

3.- Una vez concluido el reporte de residencia profesional por el estudiante, la asignación de la calificación del nivel de desempeño alcanzado en la residencia la realizará el asesor(a) interno en el formato de Acta de Evaluación Final del Reporte de Residencia Profesional. REG-8510-06

4.- Se considerará que una residencia profesional se ha concluido cuando el residente entregue a la División de Estudios Profesionales la siguiente documentación:

      Formato de seguimiento de Residencia Profesional REG-8510-08 firmado por los asesores(as) internos y externo.

      Acta de Evaluación Final del Reporte de Residencia Profesional REG-8510-06 firmado por los asesores (as) interno(s) y externo.

      Copia digital de su reporte de residencia profesional.

      Calificación de residencia profesional capturada en Kárdex.

Glosario:


Empresa, dependencia u organismo: Entidad comercial, industrial, servicios e Instituto Tecnológico donde el estudiante realizará su Residencia Profesional.

Asesor(a) interno: Docente que ha sido comisionado  para la revisión  y supervisión  del desarrollo del proyecto de Residencias Profesionales.

Asesor(a) externo: Personal de la empresa que ha sido designado por ella misma, para la revisión  y supervisión del desarrollo del proyecto de Residencias Profesionales.

Residencia Profesional: Actividad realizada durante la intervención en el desarrollo o participación de un proyecto de trabajo o la aplicación de un modelo, en cualquiera de las áreas de ejercicio profesional establecidas, que definan una problemática y propongan una solución viable, a través de la participación directa del estudiante en la práctica de su profesión, así como de proyectos  de Creatividad y Emprendedores.


Disposiciones generales

Las situaciones no previstas en el presente procedimiento para la operatividad de las residencias profesionales, serán analizadas por el Comité Académico del Instituto Tecnológico y presentadas como recomendaciones al (la) Director (a) del plantel para su dictamen.

CONTROL DE EMISIÓN
Concepto Elaboró Revisó Aprobó
Nombre Mónica Caballero Hernández Miguel Angel Ochoa Villegas MIA Pedro Rosales Gutiérrez

Cargo

JEFE DE ÁREA SUBDIRECTOR ACADÉMICO DIRECTOR
Fecha 27-11-2021 27-11-2021 27-11-2021