Documento Interno
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TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICOINSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN |
Fecha de elaboración: 15-11-2018 |
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ProcedimientoRegistro de Investigación |
Código: PRO-8220-03 |
Revisión: 1 |
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1 Objetivo
2 Alcance y Campo de Aplicación Aplica a todos/as los/las profesores del Instituto Tecnológico de Nuevo León. 3 Referencias 3.1 Manual Normativo Académico Administrativo. 4 Desarrollo 4.1 La División de Estudios de Posgrado e Investigación recibe las convocatorias vigentes de registro de líneas de generación y aplicación del conocimiento y sus respectivos procedimientos para su registro, para su difusión a los departamentos académicos y personal docente en general. 4.2 El registrante documenta, en la forma indicada en la convocatoria, los requisitos para sea considerada su aprobación de la LGAC. 4.3 La Jefatura División de Estudios de Posgrado e Investigación prepara la documentación pertinente para dicho registro y prepara lo correspondiente para que la Dirección del Instituto lo avale, para su posterior envió de la convocatoria correspondiente por parte del interesado. 4.4 Se espera la respuesta del organismo registrante de la LGAC, que en caso de ser favorable, se procede a informar a los interesados y se inicia formalmente con los trabajos de investigación relacionados con dicha línea.
Notas: 1. Se pueden tener diversas instancias que registren dichas líneas de investigación, tanto nacionales e internacionales, así como públicas y privadas. |
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| CONTROL DE EMISIÓN | |||||||||||||||||||
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