TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

Sistema de Gestión de la Calidad

Documento Interno

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TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

Fecha de elaboración:

15-11-2018

Procedimiento

Creación de Especialidades

Código:

PRO-8310-01

Revisión:

1

1 Objetivo

Establecer el procedimiento para la integración de Especialidades, aplicable a la educación escolarizada y no escolarizada de los planes de estudio de licenciatura 2009-2010 diseñadas para la formación y desarrollo de competencias profesionales en el Instituto Tecnológico de Nuevo León, con la finalidad de facilitar la definición, el diseño, la autorización, el registro y la operación de las mismas.

 


2 Alcance y Campo de Aplicación

Este procedimiento es aplicable a todas las carreras de licenciatura ofertadas en el Instituto Tecnológico de Nuevo León.

 


3 Referencias

3.1 Apartado 8.3.1 del Sistema de Gestión de la Calidad SGC-4400-38 Rev. 1

3.2 Proceso Formación Profesional Tecnológica SGC-4400-76 Rev. 1

3.3 Manual de Lineamientos Académicos_Administrativos del TECNM, versión octubre de 2015 

 


4 Desarrollo

4.1 La Subdirección de Planeación y Vinculación, deberá diseñar y realizar el diagnóstico de la región y de las capacidades del Instituto Tecnológico, tomando en cuenta la opinión del Consejo Institucional de Vinculación.

 

4.1.2 El diagnóstico de la región y el estudio de las capacidades del Instituto Tecnológico, deberá contener los aspectos que se enlistan en el Anexo XXXIX de los Lineamientos para la integración de las Especialidades del manual de Lineamientos Académicos-Administrativos del TECNM, versión Octubre de 2015.

 

4.2 El (la) Jefe (a) del Departamentos Académicos   en coordinación con las academias, deberán definir y diseñar las asignaturas que van a integrar la especialidad y la temporalidad de la misma, con base en los resultados obtenidos del punto  4.1

 

4.2.1 Los resultados obtenidos del diagnóstico de la región deberán tener una vigencia mínima de dos y máximo de tres años.

4.2.2 El diseño y evaluación de la especialidad presentará los siguientes aspectos:

   • Definición del objetivo, perfil de la especialidad y  su aportación al perfil de egreso del programa educativo.

  • Definición de las competencias genéricas y específicas de las asignaturas que integran la especialidad.

   • Definición de contenidos de las asignaturas:   Estos serán definidos por los docentes que conforman la academia, tomando como referencia los resultados que  arroje el diagnóstico de la región, la experiencia de los docentes que laboran en industrias del entorno y/o las sugerencias de los clústers industriales de  acuerdo a sus necesidades.

   • La elaboración de las asignaturas de la especialidad debe considerar su integración con la estructura genérica del plan de estudios, a partir del sexto semestre y    considerar la metodología vigente para el diseño de planes y programas de estudio para la formación y desarrollo de competencias profesionales.

    • Los créditos de la especialidad deberán ajustarse al rango establecido en el numeral 19.4.1.1 de Lineamientos para la integración de las Especialidades del  Manual de Lineamientos Académicos-Administrativos del TECNM, versión Octubre de 2015.

 

CONTROL DE EMISIÓN
Concepto Elaboró Revisó Aprobó
Nombre Jefaturas  Académicas Javier Oviedo Morin Pedro Rosales Gutiérrez

Cargo

DOCENTE SUBDIRECTOR DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DIRECTOR
Fecha 15-11-2018 15-11-2018 15-11-2018