TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

Sistema de Gestión de la Calidad

Documento Interno

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TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

Fecha de elaboración:

13-11-2024

Procedimiento

Reinscripción del estudiante

Código:

PRO-8220-02

Revisión:

3

1 Objetivo

Aplicar los lineamientos para la reinscripción de los/las estudiantes en el Instituto Tecnológico de Nuevo León.


2 Alcance y Campo de Aplicación

Este procedimiento es aplicable a todos los/las estudiantes de licenciatura y posgrado, que cumplan requisitos para reinscripción  con base al lineamiento para la evaluación y acreditación de asignaturas, versión vigente.


3 Referencias

3.1 Manual Normativo Académico Administrativos

3.2 Lineamiento del proceso de evaluación y acreditación de asignaturas 2015 - 2016

3.3 Apartado 8.2.2 del Sistema Gestión de la Calidad SGC-4400-34 Rev. 1

3.4 Proceso Gestión de la Educación SGC-4400-74 Rev. 1.

 

 


4 Desarrollo

 

4.1 El Departamento de Comunicación y Difusión realiza la difusión de la agenda escolar autorizada por el Departamento de Planeación, donde se especifique la fecha de reinscripción. Ver REG-8100-01

4.2 El coordinador de carrera analiza a través del sistema escolar, las estadísticas de aprobación y reprobación para elaborar el reporte de necesidades para el próximo semestre y enviar a las jefaturas académicas. La División de Estudios de Posgrado e Investigación lo hace a través de los coordinadores de posgrado y envían a las jefaturas académicas

4.3 El coordinador de carrera realiza los horarios con base a las necesidades y envía a las jefaturas académicas.  Las jefaturas académicas revisan los horarios enviados y podrán modificarlos para una mejor distribución de carga docente, enviarán los horarios definitivos colocando folios, aulas y docentes, tanto para las carreras presenciales y virtuales, y en la División de Estudios de Posgrado, se coordinan en su elaboración con las áreas académicas correspondientes, para la disposición de los maestros a compartir.

   4.3.1 Las jefaturas académicas al enviar horarios a la División de Estudios Profesionales las coordinaciones de carreras procederán nuevamente a su revisión. No aplica para horarios de la División de Estudios de Posgrado, los mismos se procesan en esta división 

4.4 La coordinación de carrera de la División de Estudios Profesionales captura en el sistema escolar los horarios. En el caso de Posgrado lo hace el coordinador del posgrado correspondiente.

 

 4.5 La Jefatura División de estudios profesionales y de la División de Estudios de Posgrado e Investigación le informan a los departamentos de Centro de Información, Servicios Escolares, Recursos Financieros y Desarrollo Académico, realicen bloqueo correspondiente de alumnos que tengan un adeudo en sus áreas, este bloqueo lo realizan en el sistema escolar y una vez que el estudiante cubra el adeudo, la misma área lo desbloquea.

 

 

4.6 La División de Estudios Profesionales con apoyo del/la responsable del sistema escolar, asigna día y hora para que los/las estudiantes realicen su carga académica.  No aplica para la División de Estudios de Posgrado e Investigación.

 4.7 La Jefatura de División de Estudios Profesionales y las coordinaciones de carreras programan y coordinan las actividades para llevar a cabo el proceso de atención a los/las alumnos/as en las fechas programadas de reinscripción.

        4.7.1 De igual manera en Posgrado a través de la jefatura y coordinadores de la División de Estudios de Posgrado e Investigación.

 

4.8 El/la estudiante cubre requisitos de reinscripción según los lineamientos académicos administrativos.

 

    4.8.1 1 El/la estudiante realiza el pago del semestre para la reinscripción.

 

4.9 El/la estudiante realizan su horario el día y hora que les fue asignado y lo registra en el sistema escolar, en caso de que el/la estudiante no lo realice cuando le corresponde se tendrá que presentar con su coordinador de carrera para realizarlo, y si no se presenta la coordinación de carrera le registrará su horario de acuerdo a su avance académico.

4.9.1 La División de Estudios de Posgrado e Investigación autoriza carga académica a través de la jefatura y coordinadores de posgrado.

 

 

4.10  El/la estudiante que no lo pudo realizar  revisa su horario de conformidad en el sistema escolar y en caso de tener dudas, se reporta con la coordinación de la carrera para su verificación.

  4.11. Termina

 

Notas:

  1. La Reinscripción es un proceso mediante el cual se realiza la carga de horario como indica el procedimiento.
  2. Para la elaboración y estructuración de la Agenda Escolar, el Departamento de Planeación, Programación y Presupuestación del instituto, convoca a la División de Estudios Profesionales, Áreas Académicas, Departamento de Recursos Financieros y Departamento de Servicios Escolares.
  3. Para reinscribirse los/las interesados/as deberán cumplir con lo establecido en el Lineamiento para la evaluación y Acreditación de Asignaturas versión vigente.
  4. El encargado del Sistema Escolar en coordinación con la División de Estudios Profesionales, realiza la programación en el Sistema Escolar del orden de la reinscripción, para que los estudiantes revisen que día toca realizar su horario.
  5. El pago de la reinscripción se realiza como indique el departamento de Recursos Financieros, ya sea por tarjeta digital, pago en caja o en banco y una vez realizado el pago lo acredita en el Sistema Escolar, para proceder a realizar su horario.
CONTROL DE EMISIÓN
Concepto Elaboró Revisó Aprobó
Nombre Jefe del departamento  de División de Estudios Profesionales Jorge Eduardo  Ortega López Pedro Rosales Gutiérrez

Cargo

JEFE DE ÁREA SUBDIRECTOR ACADÉMICO DIRECTOR
Fecha 13-11-2024 13-11-2024 13-11-2024